Principio de la acción voluntaria
Siguiendo los principios establecidos en el Artículo 5°, de la ley 720 de 2001, por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos, la acción voluntaria en la Fundación Tytzy se regirá por principios inspiradores de una sociedad democrática, pluralista, participativa y solidaria como:
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Libertad: como principio de acción tanto de los voluntarios como de los destinatarios, facilitando su actuación con espíritu de unidad y cooperación.
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Participación: como principio democrático de intervención directa y activa de las personas en las responsabilidades comunes, promoviendo el desarrollo de un tejido asociativo que articule la comunidad desde el reconocimiento de la autonomía y del pluralismo.
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Solidaridad: como principio del bien común que inspira acciones en favor de personas y grupos, atendiendo el interés general y no exclusivamente el de los miembros de la propia organización.
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Compromiso social: como eje orientador de una acción estable y rigurosa, que permita mantener eficacia de las actuaciones como contribución a los fines de interés social.
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Autonomía: respecto a los poderes públicos y económicos que amparará la capacidad crítica e innovadora de la acción voluntaria en la Fundación Tytzy.
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Respeto: a las convicciones y creencias de las personas que acuden a la Fundación Tytzy, luchando contra las distintas formas de exclusión.